La Autorización de acceso a camino público permite a personas naturales o jurídicas solicitar a la Dirección de Vialidad la autorización para habilitar un acceso a un camino público y/o concesionado con fines industriales, comerciales, particulares, entre otros.

El proceso para la obtención del permiso consta de cuatro fases que se detallan a continuación:

  • factibilidad de emplazamiento
  • aprobación del proyecto de ingeniería de detalles
  • construcción de la obra
  • autorización del acceso

El marco legal sobre el cual actúan estos permisos es el siguiente:

  • Decretos supremos que declaran caminos públicos.
  • Decreto con Fuerza de Ley MOP Nº 850 de 1997.
  • Resolución DV N° 232 del 2002.
  • Decreto con Fuerza de Ley N° 458 de 1976.
  • Ordinario DV N° 779 del 2011.