La Autorización de acceso a camino público permite a personas naturales o jurídicas solicitar a la Dirección de Vialidad la autorización para habilitar un acceso a un camino público y/o concesionado con fines industriales, comerciales, particulares, entre otros.
El proceso para la obtención del permiso consta de cuatro fases que se detallan a continuación:
- factibilidad de emplazamiento
- aprobación del proyecto de ingeniería de detalles
- construcción de la obra
- autorización del acceso
El marco legal sobre el cual actúan estos permisos es el siguiente:
- Decretos supremos que declaran caminos públicos.
- Decreto con Fuerza de Ley MOP Nº 850 de 1997.
- Resolución DV N° 232 del 2002.
- Decreto con Fuerza de Ley N° 458 de 1976.
- Ordinario DV N° 779 del 2011.