La instalación de un semáforo, previamente justificado, se debe realizar de acuerdo a un proyecto de semaforización aprobado por la UOCT. Dicha aprobación tendrá una vigencia de 1 año y debe considerar los requisitos y características indicadas en:  Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones; Especificaciones Técnicas para la Instalación de Semáforos; Especificaciones Técnicas de Controladores de Tráfico; Especificaciones Técnicas de Módulos de Señales de Leds; Manual de Programación y Modelación de Semáforos; Manual de Mantenimiento de Semáforos y Actualización de Programaciones, todos publicados en www.uoct.cl. Si transcurrido ese plazo no se ha instalado el semáforo, se requerirá presentar nuevamente el proyecto para que sea visado por la UOCT. De la misma forma no se podrá instalar un semáforo provisorio, intervenir los elementos o las programaciones de un semáforo realizar tareas de mantenimiento, sin la autorización previa de la UOCT.

En proyectos de inversión pública que involucren más de un punto a semaforizar, también es necesario conectar estos dispositivos entre sí con el objetivo de Sincronizar sus periodizaciones. En algunos casos también es necesario incorporar dispositivos de monitoreo conectados a los sistemas de control de tránsito.